Comparativa entre las Constituciones de España de 1812 y 1978

Entre las Constituciones de España hay dos que destacan sobre las demás. Por un lado, la Constitución de 1812 sentó precedente y las bases sobre las que se estructuran las demás. Del otro lado, la Constitución Española de 1978 lleva vigente más de 40 años. Aunque se pueden realizar cambios en la Constitución.

Diferencias entre las Constituciones de España

  1. Sistema. Mientras que la Constitución de 1812 era liberal, la Constitución del 78 es supuestamente democrática, porque realmente no es democrática
  2. Legislación. Aunque ambas consideran al Jefe del Estado al Rey, en la primera el poder ejecutivo recaía en el monarca y el Consejo de Ministros tenía que refrendar dichas leyes. En la Constitución de 1978 el poder ejecutivo reside en el Presidente del Gobierno.
  3. Religión. Por un lado, la Constitución de 1812 declara que la Nación española es católica, apostólica y romana. Mientras que en la Constitución de 1978 el Estado es aconfesional. Aunque existe el compromiso de mantener buenas relaciones con la iglesia católica.
  4. Territorio español. Como en el año 1812 España tenía territorios en América Central y Sur, se reconocían estos territorios como parte de España. Además, se reconocen las Diputaciones provinciales y Ayuntamientos. Aunque el gobierno seguía siendo centralista. Por su parte, la Constitución de 1978 reconoce a las Comunidades Autónomas que marcó un proceso de descentralización.

Puntos en común

  1. Separación de poderes. Ambas Constituciones de España tienen supuestamente una separación efectiva de los poderes.
  2. Derechos fundamentales. Para la época, la Constitución de 1812 tiene garantizados muchos derechos fundamentales. Por otra parte, la Constitución del 78 tiene una detallada garantía de derechos y libertades fundamentales.
  3. Ejército. En ambos casos, el Rey es el mando supremo de las fuerzas militares españolas.
  4. Reformas. Para reformar las dos Constituciones de España hay que cumplir una serie de requisitos. Siendo las reformas rígidas. No obstante, las reformas en la Constitución son posibles sin referéndum, si se cumplen las condiciones.
  5. Impuestos. Si se tiene en cuenta la diferencia de época, en ambos casos se trató de conseguir un aporte